Ministerio de Salud incentiva cumplimiento de normativa internacional para protección de la lactancia materna

En el evento participaron Verónica Espinosa, ministra de Salud; Gina Tambini, representante de la OPS/OMS en el Ecuador, Katherine Silva, Oficial de Salud y Nutrición de UNICEF en el Ecuador; Adrián Díaz, asesor en Familia, Género y Curso de Vida de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en Ecuador, y Gabriela Rivas, Gerente del Proyecto de Nutrición en el Ciclo de Vida Desnutrición Cero del Ministerio de Salud.

Este 28 de agosto de 2017, el Ministerio de Salud Pública (MSP) presentó los avances que Ecuador realiza desde la gestión pública para el cumplimiento del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (CICSLM), adoptado hace 25 años por los miembros de la Asamblea Mundial de la Salud, organismo al que pertenece nuestro país.

En el evento participaron Verónica Espinosa, ministra de Salud; Gina Tambini, representante de la OPS/OMS en el Ecuador, Katherine Silva, Oficial de Salud y Nutrición de UNICEF en el Ecuador; Adrián Díaz, asesor en Familia, Género y Curso de Vida de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en Ecuador, y Gabriela Rivas, Gerente del Proyecto de Nutrición en el Ciclo de Vida Desnutrición Cero del Ministerio de Salud.

En su intervención, la Ministra de Salud hizo un llamado a reflexionar sobre la responsabilidad que tienen todos los actores frente a la comercialización de los sucedáneos de leche materna y defendió la importancia de la lactancia materna.  “La evidencia es contundente, nadie puede discutir el valor que tiene la leche materna tanto para las madres como para sus hijos, por eso es de vital importancia de que las madres estén bien informadas y decidan libremente”.

Remarcó que ni el Código de Comercialización de Sucedáneos de Leche Materna, ni las regulaciones secunarias ni las políticas de salud del Ministerio de Salud Pública están diseñadas para afectar a nadie.  “Se establecieron reglas de juego, pero lastimosamente esas reglas, no se están cumpliendo y por lo tanto estamos privando a muchas madres y niños de los enormes beneficios de la lactancia materna”.   La Secretaria de Estado se declaró fiel practicante de la lactancia materna. “No solamente lo predico, lo vivo como una muestra de activismo profesional y social, porque es una muestra de amor”, enfatizó.

Antecedentes

El objetivo de esta normativa internacional es contribuir a que los países tengan políticas públicas y de control que garanticen a los lactantes una nutrición segura y suficiente, protegiendo y promoviendo la lactancia natural y asegurando el uso correcto de los sucedáneos de la leche materna (fórmulas infantiles), sólo cuando estos sean necesarios, sobre la base de una información adecuada y mediante métodos apropiados de comercialización y distribución. Es un compromiso ético que los distintos gobiernos deben implementar para regular la comercialización de los sucedáneos de la leche materna.

El Código establece prohibiciones explícitas que deben acatar los fabricantes y distribuidores de productos sucedáneos de la leche en un país: entregar muestras gratuitas de producto a médicos, trabajadores de salud, mujeres embarazadas, y madres o familiares; entregar regalos, productos promocionales o utensilios que puedan fomentar la utilización de sucedáneos de la leche materna o la alimentación con biberón; entregar suministros gratuitos a hospitales; y utilizar imágenes de bebés para promover productos como fórmulas, biberones o tetina por cualquier medio de comunicación.

Periódicamente, los países miembros realizan estudios para verificar el cumplimiento de esta normativa. Por ello el Ministerio de Salud Pública (MSP) del Ecuador, junto con la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia  (UNICEF), realizó el Estudio para estimar la prevalencia de violaciones al CICSLM en Quito y Guayaquil, siguiendo la metodología de investigación recomendada por la Organización Mundial de la Salud (NETCODE)  e incluyendo, por primera vez, a establecimientos de salud del sector privado.

Para la recopilación de información se visitaron 33 establecimientos de salud (28 públicos y 5 privados, 23 de ellos servicios del primer nivel de atención y 10 pertenecientes al segundo y tercer nivel); 44 puntos de venta de sucedáneos de leche materna; 330 madres de hijos menores de 24 meses; y 66 profesionales de la salud.

Adicionalmente, se realizó un monitoreo de medios (televisión, radio, prensa escrita, internet) entre los meses de marzo, abril y mayo, para identificar violaciones al CICSLM a través de promoción y publicidad en general de marcas o productos de sucedáneos de leche materna, alimentación complementaria, biberones o tetinas.

 

 

Resultados

En Ecuador, los establecimientos de salud públicos son los servicios que más cumplen con las medidas recomendadas en el código respecto de promoción dentro del servicio, aplicando una política de lactancia exclusiva hasta los seis meses de edad y complementaria con otra alimentación hasta los dos años.

Asimismo, el estudio determinó que varios fabricantes y distribuidores de productos bajo el alcance del Código de Comercialización de Sucedáneos de Leche Materna cometieron violaciones de las recomendaciones realizadas por este, especialmente contactando a profesionales de la salud, incentivando su compra a través de descuentos en los productos y/o promocionando su consumo y beneficios en medios de comunicación. Es importante destacar que acorde al monitoreo de medios, las empresas de sucedáneos invirtieron 1’025.000 dólares al año en publicidad.

Estrategia Institucional 

Desde hace algunos años el Ministerio de Salud Pública (MSP) trabaja en varias estrategias para fomentar adecuadas prácticas de lactancia materna.

Entre esas estrategias se destaca la implementación de la Norma para Establecimientos de Salud Amigos de la Madre y del Niño, que procura un buen inicio a la vida mediante prácticas de parto humanizado y de inicio a la lactancia apropiado.

Se implementaron nueve bancos de leche humana a escala nacional, en las principales maternidades y hospitales de las ciudades de Quito, Guayaquil, Ambato, Riobamba, Babahoyo, Portoviejo y Cuenca.

Los establecimientos de salud públicos tienen la obligación de proporcionar consejería nutricional en temas relacionados con la lactancia materna, así como la inclusión de un artículo en la Regulación de Salud Ocupacional que insta a la implementación de Salas de Apoyo a la Lactancia Materna a en instituciones públicas y privadas.

Para garantizar este derecho a las madres, el Ecuador implementó una licencia voluntaria sin sueldo, por nueve meses, para madres y padres por maternidad, adicional a los tres meses de licencia por lactancia que ya existían en la Ley.

Y lo más reciente, en la propuesta del Código Orgánico de Salud se ha contemplado que para la dispensación y expendio de los sucedáneos de la leche materna se pida prescripción. El Código Orgánico de Salud asegura que la mujer reciba información sobre los beneficios de la lactancia materna durante su embarazo, el parto y el puerperio, y que los establecimientos de salud la asesoren para que inicie su lactancia exitosamente.

La leche materna es el alimento ideal para recién nacidos y niños menores de 2 años. Les brinda a los lactantes y niños pequeños todos los nutrientes que necesitan para un desarrollo saludable. Es segura y contiene anticuerpos que ayudan a proteger a los bebés de las enfermedades infantiles comunes, como la diarrea y la neumonía, que constituyen las principales causas de mortalidad infantil en el mundo. Ningún producto comercial brinda los mismos beneficios.

En realidad casi el 100% de las madres pueden dar de lactar de forma natural y sin complicaciones.

Datos de interés

  • En Ecuador, según la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT-ECU 2012) solo el 54,6% de niños ha recibido leche materna durante la primera hora posterior al nacimiento; mientras que el 43,8% de los niños a nivel nacional reciben lactancia materna exclusiva hasta los seis meses.
  • Existen pocas justificaciones médicas que contraindican la lactancia y que pueden justificar el uso de leches artificiales; estas son: lactantes con galactosemia, neonatos con peso menor a 1.500 gr o de menos de 32 semanas de gestación, madres VIH positivo, madres con septicemia o con lesiones en el pecho por herpes, madres en quimioterapia o medicadas con yodo radioactivo, antiepilépticos y opioides.

 

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