Comunicado: Programa de prevención integral en el ámbito laboral

En atención a la ciudadanía y de acuerdo a las competencias de la Secretaría Técnica de Drogas en coordinación con el Comité Interinstitucional, se informa que:

El Artículo 12 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización establece que: “Los programas de prevención de uso y consumo  de drogas, que deben desarrollar las entidades públicas y empresas privadas, serán elaborados por personal calificado y serán parte o se incorporarán como anexo de su Reglamento de Seguridad y Salud, y contendrán el detalle de las actividades que desarrollarán los empleadores para la sensibilización, concientización y toma de decisiones sobre el uso y consumo de drogas. La omisión de estas obligaciones será sancionada de conformidad con el artículo 628 del Código de Trabajo.

El pasado 22 de junio de 2016 se publicó en el Registro Oficial el Acuerdo Interministerial entre el ministerio de Trabajo, el ministerio de Salud y la secretaría técnica de Drogas; mismo que regula de manera efectiva el desarrollo de programas de prevención de prevención integral al uso y consumo de drogas, el desarrollo de programas de capacitación, certificación, calificación, regulación y sanción de las acciones a ser ejecutadas obligatoriamente en los lugares de trabajo públicos y privados; con personal calificado.

Para el cumplimiento de estos efectos, el Acuerdo contempla las siguientes disposiciones transitorias:

Primera.- Se establece el plazo de 180 días a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Registro Oficial para que se desarrollen los programas de prevención al uso y consumo de alcohol y de drogas en las empresas, instituciones e instancias públicas y privadas. Terminado este plazo se iniciarán las acciones de control para verificar el cumplimiento.

Segunda.- Se establece el plazo de 3 años a partir de la publicación del presente Acuerdo en el Registro Oficial para el desarrollo de procesos de calificación de preventores conforme a lo establecido en la normativa legal vigente.

Para obtener información detallada al resto, dirija un correo a:

prevencion.ambitolaboral@prenvenciondrogas.gob.ec

1. Instructivo diagnóstico
2. Diagnóstico
3. Instructivo Programa
4. Programa
5. Acuerdo Insterinstitucional N.1  
6. Programa de prevención de uso y consumo de tabaco, alcohol y otras drogas en el ámbito laboral
7. Programa Reducción Consumo de Drogas

 


 

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