| Marco Normativo
 La Ley Orgánica para la Regulación y Control de Tabaco (LORCT) aborda las responsabilidades del Estado, restricciones para la venta, disposiciones del empaquetado, etiquetado, advertencias y presentación, disposiciones de la publicidad, promoción y patrocinio, restricciones al consumo, disposiciones de la participación ciudadana y acción pública, y medidas fiscales. 
Art. 21 Espacios Libres de humo: “Declárese espacios cien por ciento (100%) libres de humo de tabaco y prohíbase fumar o mantener encendidos productos de tabaco en: 
a. Todos los espacios cerrados de las instituciones públicas; 
b. Todos los espacios cerrados que sean lugares de trabajo y de atención y acceso al público; 
c. Todos los espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, que correspondan a dependencias de salud y 
educación a todo nivel; (…) 
d. Los medios de transporte público en general; y, 
e. Los ambientes públicos y privados cerrados, destinados a actividades deportivos. 
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