15 de julio culmina plazo para renovación de permisos de funcionamiento para negocios
Este lunes 15 de julio concluye el plazo para que los establecimientos comerciales y de servicios, renueven su permiso de funcionamiento. En caso de no adquirirlo hasta la fecha señalada se aplicará una multa de cinco salarios básicos unificados, es decir $1.590.
El permiso de funcionamiento, es el documento otorgado por la autoridad de Salud a los establecimientos sujetos de Control y Vigilancia Sanitaria, que cumplen con los requisitos determinados de acuerdo al tipo de establecimiento. El trámite de renovación o por primera vez se lo puede realizar en la Dirección Provincial y en las áreas de salud más cercanas.
Así, en el caso de Pichincha, hasta mediados de junio se otorgó el permiso de funcionamiento para 6.263 establecimientos; mientras que en Azuay se entregaron 6.614 permisos, en Cañar 4.167 y en Morona Santiago 561.
Los propietarios o representantes legales de los negocios deberán presentar una solicitud dirigida al titular de la Dirección Provincial de Salud, con su nombre, número de la cédula o del Registro Único de Contribuyentes (RUC); nombre o razón social o denominación del establecimiento; actividad que se realiza y la ubicación.
Dependiendo de cada negocio, en la mayoría de los casos, a esta solicitud se deberá adjuntar el RUC, copia de la cédula de ciudadanía o identidad del propietario o representante legal de establecimiento; documentos que acrediten la personería jurídica; plano del establecimiento a escala 1:50; croquis de la ubicación del establecimiento; permiso otorgado por el Cuerpo de Bomberos y las copias de los certificados ocupacionales del personal que labora en el establecimiento, conferido por un centro de salud público.
El Acuerdo Ministerial 818 del 19 de diciembre de 2008 señala que los establecimientos que deben obtener los permisos, entre otros, son:
| De servicios de salud públicos y privados | Comerciales y de servicios |
| Farmacéuticos | Servicios de turismo |
| De medicamentos homeopáticos | Escenarios permanentes de espectáculos |
| De productos naturales de uso medicinal | Servicios funerarios |
| De cosméticos y productos higiénicos | Estaciones para expendio de combustible y lubricantes |
| De alimentos | Estaciones de envasado y comercialización de gas doméstico e industrial |
Cabe resaltar que las tiendas de abastos no deben obtener el permiso de funcionamiento, sino el certificado de condiciones higiénico sanitarias, por una sola vez y no deberá renovarse anualmente.
En el caso de obtener el permiso de funcionamiento por primera ocasión el plazo es hasta el 31 de diciembre de 2013.