“Sentencia No. 679-18-JP y acumulados sobre el Derecho a medicamentos de calidad, seguros y eficaces”

  1. La Corte a los pacientes que demandaron medicamentos:

Apreciados y apreciadas pacientes:

La Corte Constitucional ha conocido cada uno de sus casos. Hemos leído sus demandas, hemos visto sus diagnósticos, hemos sufrido pensando el dolor que ustedes sienten por las enfermedades que padecen, nos hemos conmovido con todos los trámites que tuvieron que hacer y por todo el tiempo que tuvieron que esperar para tener resultados.

Quisiéramos poder ayudar para que ustedes tengan la mejor atención que merecen en hospitales, centros de salud o sus hogares. Esta sentencia es un esfuerzo para mejorar esos servicios. Hemos estudiado varios meses sobre la salud, las políticas públicas, los medicamentos, la información, los intereses que están atrás de la salud pública.

Les hemos escuchado con atención a ustedes y también a personas expertas en el tema.

Tenemos la convicción de que toda persona tiene derecho a tener tan pronto como necesite medicamentos de calidad, seguros y eficaces. También tenemos la convicción que toda persona tiene derecho a una vida digna, que no siempre depende de un medicamento. No todo medicamento tiene esas características. Algunos medicamentos no logran mejorar la calidad de vida y depende de cada persona, así como de la progresión de la enfermedad que impacta directamente sobre su estado de salud, para que el medicamento tenga resultados.

El medicamento, bien administrado, podría brindar beneficios. Hay muchas personas que mejoran su salud y sus condiciones de vida. Pero también estamos conscientes de que un medicamento mal administrado en personas que no son elegibles puede ocasionar daño, empeorar su salud o puede no servir para nada.

Nos hemos dado cuenta que nuestros servidores de la salud, por la cantidad de personas que atienden, a veces no les dan el trato de calidez, no sienten lo que significa estar enfermos y, por el poco tiempo que tienen, no les dan toda la información.

Hay que saber que en las enfermedades no todo se resuelve con medicamentos, también hay que pensar en la familia, en los efectos secundarios del medicamento, en los gastos que se puede incurrir.

Todo esto lo hemos intentado desarrollar en esta sentencia. Solo esperamos que esta sentencia ayude a que personas que han sufrido como ustedes, puedan tener un trato más digno, más calidad de vida y una atención más adecuada a sus necesidades.

Les agradecemos por haber venido a compartir sus testimonios, esperamos que tengan toda la información sobre su estado de salud y que tomen las mejores decisiones para ustedes y su familia. Esta sentencia está hecha con mucha dedicación y compromiso con sus derechos y con lo que ustedes están atravesando. Ojalá ustedes puedan comprender que nuestra decisión está pensada en su bienestar y su derecho a tener medicamentos de calidad, seguros y eficaces, como promete nuestra Constitución. Sentencia Nº. 679-18-JP/20 y acumulados Derecho a medicamentos de calidad.