MSP analiza adquisición de medicamento para Atrofia Muscular

Quito, 2 de julio de 2021

Debido a que la Décima Revisión del Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos, (CNMB), contempla tratamientos farmacológicos para el 80% de enfermedades prevalentes en el país y que la Atrofia Muscular Espinal (AME) no está dentro de esta categorización de enfermedades (prevalentes), el Ministerio de Salud Pública (MSP) analiza los requerimientos farmacológicos con base en el Acuerdo Ministerial 0158-A, publicado en el Registro Oficial 160, del 15 de enero de 2018, con el objetivo de normar el procedimiento para solicitar, evaluar y autorizar la compra y uso de medicamentos, sustentado en la evidencia científica disponible, considerando su seguridad, calidad y eficacia.

Actualmente, en las instituciones de la Red Pública Integral de Salud (RPIS), se atienden a los pacientes con esta patología para su evaluación y tratamiento integral que responda de acuerdo a la necesidad médica individual.

En los casos que se requiere un fármaco fuera del CNMB, el médico tratante y los comités de farmacoterapia hospitalarios, evalúan la pertinencia de la dotación del tratamiento, acorde a la evidencia científica disponible y, además, se remite el requerimiento para análisis en el proceso de autorización establecido en el Acuerdo Ministerial 0158-A.

Esta cartera de Estado reitera su compromiso por salvaguardar la vida de los 17 millones de ecuatorianos, con políticas públicas integrales e inclusivas a favor de todos.

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