Instructivo para el Control y Vigilancia Sanitaria de los Productos Cosméticos
Se pone en conocimiento a la ciudadanía, que el Ministerio de Salud Pública, a través de la Dirección Nacional de Vigilancia y Control Sanitario, ha elaborado el Instructivo para el Control y Vigilancia Sanitaria de productos cosméticos.
El Instructivo tiene como objetivo establecer el procedimiento a seguir para inspeccionar y supervisar la producción de cosméticos, con el propósito de garantizar que se cumpla con las especificaciones legales y técnicas obligatorias; para ello se llevará a cabo un programa anual de visitas periódicas de inspección sanitaria, a fin verificar que los productos cumplan con las especificaciones técnicas de la Notificación Sanitaria Obligatoria.
La inspección sanitaria se llevará a cabo teniendo en cuenta los casos prioritarios identificados en un mapa de riesgos emitido por el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical “LIP”.
El Instrumento que se utilizará para el control de fabricación, comercialización y distribución de productos cosméticos, está normado según el reglamento de la Decisión 516 de la Comunidad Andina.
Para obtener información sobre el instructivo deberá ingresar a la página Web del Ministerio de Salud Pública: www.salud.gob.ec y hacer un clic en el link: “Vigilancia Sanitaria”.
En el caso de existir observaciones, debe ingresar a la página web:
http://aplicaciones.msp.gob.ec/vigilanciacs/php/users/index.php y registrarse en el “Sistema de Opiniones Ciudadanas-Control Sanitario.