Gobierno Nacional expide Reglamento de Carrera Sanitaria para mejorar las condiciones de trabajo e implementar incentivos para los profesionales de salud

Quito, 29 de septiembre de 2025

Este 26 de septiembre de 2025, el presidente Constitucional de la República, Daniel Noboa Azin, emitió el Decreto Ejecutivo Nº 159, que expide el Reglamento General de la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria. El Ministerio de Salud Pública (MSP) ha impulsado la construcción de este reglamento, siendo un hecho histórico para el Sistema Nacional de Salud al implementar el nuevo régimen especial para los profesionales de la salud dentro del servicio público.

Este logro institucional fue construido en mesas de trabajo y con la participación de sociedades científicas, gremios, instituciones del Ejecutivo, instituciones de Educación Superior y el Consejo Nacional de Salud (CONASA).

La normativa vigente establece las bases fundamentales para un régimen de carrera sanitaria, con el que se marca el inicio de una transformación centrada en el desarrollo profesional y la retención del talento humano en salud. Para garantizar su aplicación efectiva, el MSP avanza en la elaboración de los distintos procedimientos, lo que asegurará una implementación eficiente, rápida y transparente.

El presente reglamento tiene por objeto regular el ingreso al régimen y a la carrera sanitaria para toda la Red Pública Integral de Salud (RPIS) y demás instituciones públicas, en donde laboren profesionales de la salud de atención directa y con funciones fundamentales, en el marco de las disposiciones previstas en la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria para profesionales con título de tercer nivel en el campo de la salud, registrado ante la autoridad competente y habilitados para el ejercicio profesional.

Otros de los beneficios está la aplicación de jornadas especiales, incentivos, niveles de gestión, escalafón, entre otros procesos que beneficiarán a los profesionales de la salud. La normativa también tiene la finalidad de mejorar las condiciones de aquellos profesionales, reconociendo su experiencia, competencias y conocimientos, en el marco de los derechos y obligaciones establecidos en la Constitución del Ecuador.

Los procesos de evaluación del desempeño serán anuales bajo los parámetros y calificación del ente rector en trabajo y la Autoridad Sanitaria Nacional, considerando los principios de igualdad, equidad, transparencia y objetividad.

El Ministerio de Salud Pública ratifica su compromiso para construir un Sistema de Salud que garantice el bienestar de los profesionales de la salud y, en consecuencia, fortalecer la atención oportuna a los servicios de salud.

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