Autorización sanitaria para el Ingreso al Ecuador y la Salida del país de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas, osamentas y cenizas humanas

Servicio mediante el cual el Ministerio de Salud Pública emite la autorización sanitaria requerida para el ingreso al Ecuador o la salida del país de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas, osamentas y cenizas humanas, de conformidad con la normativa sanitaria vigente.

¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Pueden solicitar este servicio las personas naturales, ecuatorianas o extranjeras, que se encuentren en una de las siguientes condiciones:

  • Familiar o deudo de la persona fallecida, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.
  • Persona solicitante que certifique que la persona fallecida no cuenta con familiares o deudos, al momento de realizar la solicitud de autorización sanitaria.

Recuerde que los servicios que brinda el Ministerio de Salud Pública NO tienen ningún costo.

Para conocer los requisitos y disposiciones aplicables al ingreso al Ecuador o salida del país de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas, osamentas y cenizas humanas, puede consultar la normativa vigente en el siguiente enlace

Acuerdo-interinstitucional_001-2022-Reglamento para el manejo y disposición final de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas, osamentas humanas; así como el funcionamiento de los establecimientos que prestan servicios funerarios

Haga clic en el enlace para consultar o descargar el documento completo.

Requisitos obligatorios:
  1. Certificado de Defunción o documento equivalente emitido en el país donde ocurrió el fallecimiento o evento, debidamente apostillado o legalizado, en idioma original y traducido al idioma español.
  2. Certificado de Embalsamamiento o Cremación debidamente apostillado o legalizado.
  3. Permiso de traslado en el que conste el nombre, apellido y edad del fallecido, lugar y causa de la defunción emitido por la autoridad competente  del país donde ocurrió el fallecimiento.
  4. Documento de identidad o pasaporte del familiar o de la persona que solicita la autorización.
Requisitos Adicionales: 
  1. Copia certificada del Protocolo de la Autopsia Médico Legal, documento equivalente en el país en donde haya ocurrido el fallecimiento, legalizado y apostillado. (En caso de Muerte violenta)
  2. Declaración juramentada del solicitante en la que se indica que el fallecido no tiene deudos o familiares. (En caso de que el fallecido no cuente con familiares o deudos).
  3. Autorización escrita de familiar(es) a un tercero, en la que se detalla la autorización para realizar el trámite correspondiente, con la copia adjunta de la cédula de identidad de quién autoriza y del autorizado. (En caso de que el fallecido no cuente con familiares o deudos).

Trámite: Salida del Ecuador de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas, osamentas o cenizas humanas

Requisitos obligatorios:
  1. Copia  legalizada del Acta Registral de Defunción emitida por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, o la autorización debidamente certificada por el Cónsul o Representante Diplomático en el Ecuador del país de destino del cadáver, mortinato, pieza anatómica, osamenta o cenizas humanas.
  2. Certificado de Embalsamamiento o Cremación debidamente apostillado o legalizado.
  3.  Documento de identidad o pasaporte del familiar, deudo o persona que realiza la solicitud.
Requisitos adicionales
  1. Copia certificada del Protocolo de la Autopsia Médico Legal, documento equivalente en el país en donde haya ocurrido el fallecimiento, legalizado y apostillado. (En caso de Muerte violenta)
  2. Declaración juramentada del solicitante en la que se indica que el fallecido no tiene deudos o familiares. (En caso de que el fallecido no cuente con familiares o deudos).
  3. Autorización escrita de familiar(es) a un tercero, en la que se detalla la autorización para realizar el trámite correspondiente, con la copia adjunta de la cédula de identidad del autorizado. (En caso de que el fallecido no cuente con familiares o deudos en el país para realizar el trámite).

Paso 1. Reúna los requisitos

Prepare los documentos requeridos de acuerdo con el trámite que va a realizar:

  • Ingreso al Ecuador, o
  • Salida del Ecuador de cadáveres, mortinatos, piezas anatómicas, osamentas o cenizas humanas.

Paso 2. Presente la documentación

Entregue los requisitos al profesional de salud del Ministerio de Salud Pública asignado al punto de entrada o salida internacional correspondiente.

La documentación podrá presentarse:

  • De manera presencial en la oficina habilitada del Ministerio de Salud Pública; o
  • Por correo electrónico, revise  el punto de atención correspondiente.

Para recibir orientación antes de presentar la solicitud, puede comunicarse mediante los números telefónicos o correos electrónicos publicados en la sección “Puntos de atención”.

Paso 3. Revisión de la documentación

El personal del Ministerio de Salud Pública verificará que la documentación presentada esté completa y cumpla con los requisitos establecidos para la autorización sanitaria.

En caso de requerirse información o documentación adicional, se comunicará al solicitante para su presentación.

Paso 4. Reciba la autorización sanitaria

Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, recibirá la autorización sanitaria correspondiente.

Con este documento podrá continuar con las gestiones necesarias para:

  • el ingreso al Ecuador, o
  • la salida del Ecuador

del cadáver, mortinato, pieza anatómica, osamenta o cenizas humanas, según corresponda.

El Ministerio de Salud Pública cuenta con puntos de atención habilitados para este servicio, ubicados en puntos de entrada y salida internacional.

Para realizar el trámite o recibir orientación, puede comunicarse directamente con el profesional de salud responsable del punto de atención correspondiente.

En la siguiente sección encontrará la información de cada punto habilitado:

Los ciudadanos que requieran acceder al servicio podrán contactarse con los profesionales de la salud responsables asignados a los puntos de entrada y/o salida internacional.

El Ministerio de Salud Pública cuenta con 4 puntos operativos, como se indican a continuación: 

No.Punto de Entrada y/o Salida internacionalDirecciónResponsableTeléfonoCorreo electrónicoHorario de Atención
1Aeropuerto Internacional Mariscal SucreAeropuerto Internacional de Quito,Tababela S/N vía Yaruquí – QuitoDr. Enrique Jaramillo(02)395-4260 ext. 2334enrique.jaramillo@mspz9.gob.ec
sanidadinternacional@hotmail.com
Lunes a Viernes
07h00 a 22h30
2Aeropuerto Internacional José Joaquín de OlmedoAeropuerto Internacional de Guayaquil, Av. de las Américas y Av. Isidro AyoraDra. Marcia Sánchez0987448338marcia.sanchez@mspdpg09.gob.ecLunes a Domingo
24 horas
3Centro Nacional de Atención Fronteriza RumichacaPuente Internacional Rumichaca, Panamericana Norte.Dra. Fátima Tejada(06)298-6041 ext. 127fatima.tejada@04d01.saludzona1.gob.ecLunes a Domingo
08h00 a 17h00
4Centro Binacional de Atención Fronteriza HuaquillasPuente internacional Perú, eje vial No. 1 vía a Perú.Md Nathaly Gissell Iñiguez Zaruma0939544126nathaly.iniguez@07d05.mspz7.gob.eccLunes a Domingo
08h00 a 17h00
5Centro Binacional de Atención en Frontera
Macará – La Tina
Eje Vial N°3, vía internacional hacia la frontera con PerúDra. Cristina Sotomayor Campoverde0980021148teresa.sotomayor@11d07.mspz7.gob.ecLunes a Viernes de 8:00 a 17:00

En caso de requerir información adicional del servicio, o tener preguntas, quejas o sugerencias puede contactarse con la Dirección Nacional de Vigilancia Epidemiológica: 

  • Personal de Contacto: Mgs. Maribel Arias  
  • Teléfono de contacto: (+593) 2381 4400 ext. 5007.
  • Correo electrónico: cne.ecuador@msp.gob.ec

Para facilitar la comprensión del trámite, tenga en cuenta las siguientes definiciones:

  • Cadáver humano: cuerpo de una persona en el que se ha comprobado la pérdida de la vida.
  • Mortinato o muerte fetal: feto que no presenta signos vitales y que cumple al menos uno de los siguientes criterios:
    • peso igual o mayor a 500 gramos;
    • edad gestacional igual o mayor a 22 semanas; o
    • longitud corporal igual o mayor a 25 centímetros, medida desde la cabeza hasta el talón.
  • Pieza anatómica: parte o segmento del cuerpo humano separado mediante un procedimiento quirúrgico o como consecuencia de una amputación traumática. También se consideran piezas anatómicas los fetos con:
    • peso menor a 500 gramos;
    • edad gestacional menor a 22 semanas; y
    • longitud corporal menor a 25 centímetros, medida desde la cabeza hasta el talón.
  • Osamenta humana: conjunto de restos óseos humanos resultantes de la descomposición de un cadáver, mortinato o pieza anatómica.