Año de Salud Rural Período Septiembre 2026 – Agosto 2027


IMPORTANTE: El Ministerio de Salud Pública, en un proceso de innovación y sistematización de los servicios, ha implementado un nuevo sistema para el proceso de la postulación y elección de plazas para el año de salud rural, permitiendo que todo el proceso se realice en línea, con lo cual se garantizará la veracidad de la información a través de la firma electrónica, optimizando de esta manera el tiempo y recursos que el postulante destina para el proceso.


El Ministerio de Salud Pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley Orgánica de Salud, artículo 3 del Reglamento para el Cumplimiento del Año Rural y Servicio Social de la Red Pública Integral de Salud y del Instructivo (Acuerdo Ministerial 00076-2025 de 21 de enero de 2025).


CONVOCATORIA

El Ministerio de Salud Pública, convoca a todos los profesionales médicos, enfermeros, odontólogos, obstetrices y obstetras de todo el país, a inscribirse al año de Salud Rural y Servicio Social del período septiembre 2026 – agosto 2027.


1.Cédula de identidad emitida por el Registro Civil. En el caso de extranjeros, la cédula de identidad ecuatoriana vigente que permita ejercer funciones profesionales.
 
NOTA IMPORTANTE: En el caso de personas extranjeras, deberán asegurarse que TODOS LOS REQUISITOS se encuentren registrados con el número de cédula de identidad.
2.Registro del título de tercer nivel de grado, en el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura (MINEDEC).
 
NOTA: En caso de que el profesional de la salud cuente con un título de cuarto nivel cuya especialidad no se encuentre dentro de la cartera de servicios de los establecimientos de salud, conforme lo dictamina la normativa vigente, o que no se cuente con la certificación presupuestaria para el mismo, éste podrá participar al año de salud rural considerando el título de tercer nivel.
3. Aprobación del Examen de Habilitación para Ejercicio Profesional (EHEP), emitido por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES).

NOTA ACLARATORIA: El Examen de Habilitación para Ejercicio Profesional (EHEP) constituye uno de los requisitos para ingresar al año de salud rural, sin embargo, el profesional deberá observar el resto de los requisitos que le permitan culminar el proceso de postulación, caso contrario podrá postular en las siguientes convocatorias.
4. Certificado de dominio y suficiencia del idioma español, emitido por un organismo acreditado (aplica a extranjeros de habla no hispana).
5. Firma electrónica activa (Archivo o Token). Los postulantes al año de salud rural deberán adquirir la firma electrónica a través de las entidades autorizadas por MINTEL, las cuales son:

– Consejo de la Judicatura.
– Registro Civil.
– Security Data. (https://www.securitydata.net.ec/firma-electronica-en-ecuador/)
– ANF AC. (https://anf.es/ec/firma-electronica-ec/)
6. No tener impedimento para ejercer cargo público, verificar ante el Ministerio del Trabajo a través del link: https://calculadoras.trabajo.gob.ec/impedimento de tener impedimento deberá acercarse a la instancia correspondiente donde le señala que tiene el impedimento, caso contrario la plataforma no le permitirá postular al año de salud rural en curso.
7. Los Certificados de Sustitutos Directos deberán estar registrado en el Ministerio del Trabajo (MDT).

NOTA IMPORTANTE: En caso de observación a las condiciones adicionales para la postulación, el postulante debe realizar la gestión previamente en las instituciones competentes.
PROCESO O CONDICIÓNINSTITUCIÓN
FIRMA ELECTRÓNICAREGISTRO CIVIL / CONSEJO DE LA JUDICATURA / SECURITY DATA / AFN AC
REGISTRO DE TÍTULOMINISTERIO DE EDUCACIÓN, DEPORTE Y CULTURA (MINEDEC)
APROBACIÓN DEL EXAMEN DE HABILITACIÓN PROFESIONALCONSEJO DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CACES)
SUSTITUTOS DIRECTOSMINISTERIO DEL TRABAJO (MDT)
IMPEDIMENTO PARA EJERCER CARGO PÚBLICOMINISTERIO DEL TRABAJO (MDT)
SUSTITUTOS POR SOLIDARIDADMINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO (MDH)
ENFERMEDADES CATASTRÓFICAS / ESTADO DE GESTACIÓNSOLO EN LOS CENTROS MÉDICOS DESIGNADOS POR EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
DISCAPACIDADCÉDULA DE CIUDADANÍA
HIJOS MENORES DE EDADCÉDULA DE MENORES DE EDAD (REGISTRO CIVIL)

1.  Postulación: del 08 al 14 de agosto de 2026, en el Sistema para Gestión de Rurales (SGR), a través del siguiente link: https://sgr.msp.gob.ec/sgr/login.jsf Tomar en cuenta el último dígito de su cédula para postular.
ÚLTIMO DÍGITOFECHAHORARIO
0 y 1SÁBADO, 08 DE AGOSTO DE 202608:00 A 18:00
2 y 3DOMINGO, 09 DE AGOSTO DE 202608:00 A 18:00
4 y 5LUNES, 10 DE AGOSTO DE 202608:00 A 18:00
6 y 7MARTES, 11 DE AGOSTO DE 202608:00 A 18:00
8 y 9MIÉRCOLES, 12 DE AGOSTO DE 202608:00 A 18:00
Todos los dígitosJUEVES, 13 DE AGOSTO DE 202608:00 A 18:00
Todos los dígitosVIERNES, 14 DE AGOSTO DE 202608:00 A 18:00

2. Publicación de postulantes: sábado, 15 de agosto de 2026

LISTA DE POSTULANTES PARA ESCOGER PLAZA EN EL PERIODO SEPTIEMBRE 2026 AGOSTO 2027.


3. Publicación de plazas: domingo, 16 de agosto de 2026

PLAZAS PARA EL PERIODO SEPTIEMBRE 2026 – AGOSTO 2027.


4. Elección de plazas: del 17 al 22 de agosto de 2026

GRUPOCARRERAFECHAHORARIO
GRUPO 1TODASLUNES, 17 DE AGOSTO DE 202606:00 A 12:00
GRUPO 2TODASLUNES, 17 DE AGOSTO DE 202614:00 A 18:00
GRUPO 3TODASMARTES, 18 DE AGOSTO DE 202606:00 A 12:00
GRUPO 4TODASMARTES, 18 DE AGOSTO DE 202614:00 A 18:00
GRUPO 5TODASMIÉRCOLES, 19 DE AGOSTO DE 202606:00 A 12:00
GRUPO 6OBSTETRÍZMIÉRCOLES, 19 DE AGOSTO DE 202614:00 A 18:00
GRUPO 6ODONTOLOGIAJUEVES, 20 DE AGOSTO DE 202609:00 A 16:30
GRUPO 6ENFERMERIAVIERNES, 21 DE AGOSTO DE 202609:00 A 16:30
GRUPO 6MEDICINASÁBADO, 22 DE AGOSTO DE 202609:00 A 16:30

Advertencia: En caso de que se identifique que un postulante elija plaza fuera de las fechas indicadas según la carrera y el grupo al que corresponda, se dejará insubsistente su postulación y participación al periodo SEPTIEMBRE 2026 – AGOSTO 2027.


CRONOGRAMA FIRMA DE PLAZA
GRUPODÍAFECHAHORA INICIOHORA FIN
FIRMA DE PLAZA 1DOMINGO23/8/20268:0010:00
FIRMA DE PLAZA 2DOMINGO23/8/202610:0012:00
FIRMA DE PLAZA 3DOMINGO23/8/202612:0014:00
FIRMA DE PLAZA 4DOMINGO23/8/202614:0016:00
FIRMA DE PLAZA 5DOMINGO23/8/202616:0018:00
FIRMA DE PLAZA 6DOMINGO23/8/202618:0020:00
FIRMA DE PLAZA 7DOMINGO23/8/202620:0022:00
FIRMA DE PLAZA 8LUNES24/8/202608:0010:00
FIRMA DE PLAZA 9LUNES24/8/202610:0012:00
FIRMA DE PLAZA 10LUNES24/8/202612:0014:00
FIRMA DE PLAZA 11LUNES24/8/202614:0016:00
FIRMA DE PLAZA 12LUNES24/8/202616:0018:00

El Instructivo para la Operativización del Reglamento para el Cumplimiento del Año de Salud Rural de Servicio Social en la RPIS, último inciso del artículo 8, indica lo siguiente:

“Los profesionales de la salud que no se postularon en el tiempo previsto y establecido en la convocatoria, quedarán inhabilitados para participar en el año de salud rural de servicio social, pudiendo postularse para el siguiente periodo.”.


5. Asignación de plaza: martes, 25 de agosto de 2026.


6. Publicación de resultados de elección y asignación de plaza:viernes 28 de agosto de 2026 en la página web.

COHORTE SEPTIEMBRE 2026 – AGOSTO 2027.


7. Inicio del año de salud rural:01 de septiembre de 2026.


8. Fin del año de salud rural:31 de agosto de 2027.

Art.- 18.- Variables y clasificación de los grupos para la elección de plazas. – Conforme a la información registrada por el profesional de la salud en el sistema para gestión de rurales para elección de plazas, éste recibirá un puntaje en base al cual se lo clasificará en grupos, mismos que determinarán el orden de selección de plazas.

Las variables, condiciones y sus puntajes se aplicarán según el siguiente detalle:

VARIABLEDESCRIPCIÓNPUNTOS
Profesionales con discapacidadProfesionales de la salud que presenten una discapacidad, que limite el cumplimiento de sus actividades o su desplazamiento geográfico, conforme las definiciones establecidas en la normativa legal vigente en la materia.Moderada = 3
Grave = 5
Muy Grave o Severa= 7
Sustitutos directosProfesionales de la salud calificados y certificados como sustitutos directos de personas con discapacidad conforme lo establecido en la normativa vigente en la materia.Si = 4
Sustitutos por solidaridadProfesionales de la salud calificados y certificados como sustitutos por solidaridad humana, conforme lo establecido en la normativa vigente en la materia.Si = 2
Profesionales con discapacidad catastróficas o de alta complejidadProfesionales de la salud que presenten enfermedades catastróficas o raras y que limiten el cumplimiento de sus actividades o su desplazamiento geográfico, conforme lo establecido en la normativa legal emitida para el efecto.Si = 4 (este puntaje no se suma cuando la condición sea la misma en la variable de discapacidad)
Profesionales embarazadasHecho que será justificado con un certificado actualizado que legitime su estado de gestación, emitido por un facultativo de un establecimiento de salud del Ministerio de Salud Pública.Si= 4
Profesionales a cargo de niños/as de 0 a 11 años.Profesionales de la salud a cargo de niños/as menores de doce (12) años cumplidos hasta la fecha establecida en la convocatoria. En el caso de profesionales de la salud que ejercen la tutela del menor, que no sea su hijo, se requerirá la sentencia del juez que otorga la tutela.Niños/as de 0 a 11 años = 4
Profesionales a cargo de adolescentes de 12 a 17 años.Profesionales de la salud a cargo de adolescentes menores de dieciocho (18) años cumplidos hasta la fecha establecida en la convocatoria. En el caso de profesionales de la salud que ejercen la tutela del menor, que no sea su hijo, se requerirá la sentencia del juez que otorga la tutela.Adolescentes de 12 a 17 años =2
Profesionales casados o en unión de hechoProfesionales de la salud casados o en unión de hecho debidamente legalizada y registrada en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y CedulaciónSi= 1
Profesionales solteros/asProfesionales de la salud solteros.Si= 0

Adicionalmente a los puntos obtenidos por las condiciones antes descritas, todo postulante que cuente con notas remitidas por el Instituto de Educación Superior en el que cursó sus estudios, resultados del examen de habilitación profesional que se encuentre registrado en el sistema informático de rurales, podrán obtener puntos adicionales conforme al siguiente detalle:


VARIABLEDESCRIPCIÓNPUNTOS
Mejores graduadosDiez    por    ciento (10%)    de    los    mejores profesionales de la salud graduados de cada Institución de Educación Superior, información que será registrada en el sistema de rurales conforme a lo establecido en la presente Norma. Se    excluye    de    esta    condición    a    los profesionales de promociones anteriores al año  y  período  de  asignación  de  plaza  en vigencia.7
Mejores resultados del examen de habilitación profesionalCinco por ciento (5%) de los profesionales de la salud con mejores resultados en el examen de habilitación profesional. Se    excluye    de    esta    condición    a    los profesionales de promociones anteriores  al año  y  período  de  asignación  de  plaza  en vigencia.2

Los grupos se clasificarán conforme el puntaje de acuerdo al siguiente cuadro:

GRUPORANGO DE PUNTAJE
GRUPO 19 o más
GRUPO 27 a 8
GRUPO 35 a 6
GRUPO 43 a 4
GRUPO 51 a 2
GRUPO 60
GRUPO 7INHABILITADOS

Los profesionales de la salud que requieran la valoración médica para enfermedades catastróficas, de alta complejidad o profesionales embarazadas, podrán asistir hasta el viernes 07 de agosto de 2026 a los establecimientos de salud autorizados para el efecto y cumpliendo con los protocolos de bioseguridad respectivas.

Para efectos de la presente convocatoria, los trastornos mentales, psicológicos o psiquiátricos no constituirán, por sí solos, enfermedades catastróficas, salvo que una norma jurídica expresa o una resolución emitida por la autoridad sanitaria competente disponga lo contrario.

Como antecedente normativo, el Acuerdo Ministerial Nro. 00001829, de 6 de septiembre de 2012, emitió los criterios de inclusión de enfermedades consideradas catastróficas, raras y huérfanas, sin incorporar de manera general a los trastornos mentales dentro de dicha categoría. En consecuencia, la sola existencia de un trastorno mental o del comportamiento no genera automáticamente la condición jurídica de enfermedad catastrófica para efectos del presente proceso. No obstante, esta disposición no desconoce que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) reconocen a los trastornos mentales como enfermedades que requieren atención integral, sin que ello implique su clasificación automática como enfermedades catastróficas en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.

SUSTITUTOS

En caso de sustitutos directos o por solidaridad, deberán hacer su registro en la institución correspondiente:

Ministerio del Trabajo – MDT (Sustitutos directos): Profesionales de la salud calificados y certificados como sustitutos directos de personas con discapacidad conforme lo establecido en la normativa vigente en la materia.Ministerio de Desarrollo Humano – MDH (Sustitutos por solidaridad): Profesionales de la salud calificados y certificados como sustitutos por solidaridad humana, conforme lo establecido en la normativa vigente en la materia.



*NOTA: Con el fin de brindar soporte a los profesionales de la salud en el proceso de postulación al Año de Salud Rural septiembre 2026 – agosto 2027 se habilitan del 08 al 14 de agosto de 2026, las mesas de ayuda en las Direcciones Provinciales de Salud a nivel nacional en donde podrán efectuar el proceso de postulación en caso de requerirlo.